La Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de votos ofrece liberad a los policías en realizar inspecciones sin la necesidad de tener una orden judicial emitido por una orden judicial o ministerial para la inspección de vehículos o personas siempre y cuando haya sospecha razonable o flagrancia que se esconde objetos y/o productos relacionados al delito considerado para investigación.
Los ministros apoyaron las reformas propuestas por el Código Nacional de Procedimientos Penales, impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y El Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información hechas hace cuatro años. De acuerdo a la mayoría de ministros las restricciones momentáneas están dentro del artículo 21 de lo Constitución el que justifica la libertad que tiene la policía en detener e investigar a quien o quienes ellos sospechen están quebrantando la ley, siempre y cuando la sospecha razonable pueda ser justificable a la acción realizada por el individuo ignorando cualquier aspecto físico y si en caso que no se justifique claramente la acción a un juez de control se invalida la actuación al ser considerada indebida.
Los ministros aclararon que las restricciones momentaneas no puede ser llevada a cabo sin una orden judicial en casos de revisiones en espacios públicos, retenes, aeropuertos, puertos y transporte público.
Tras este fallo la respuesta pública para la Suprema Corte de Justicia de la nación ha sido negativa.
Pésima, pésima, pésima, pésima decisión de la @SCJN. Abre la puerta a más abusos cometidos por policías mal entrenados. Por fallos como este la Corte es percibida como errática; a veces vanguardista/garantista y a veces deja a los ciudadanos en la indefensión. 👎 httpss://t.co/J1uWy6dXXe
— Denise Dresser (@DeniseDresserG) 13 de marzo de 2018
Gravísimo que la @SCJN haya avalado las inspecciones sin orden judicial. Acaban de legalizar el abuso y darle una terrible herramienta para la represión a cualquier gobierno autoritario, presente y futuro.
— Fernando Belaunzarán (@ferbelaunzaran) 13 de marzo de 2018
la respuesta negativa también vino por parte de uno de los ministros
La norma del #CNPP que faculta a la policía a inspeccionar personas cuando tenga indicios de que oculta instrumentos, objetos o productos relacionados con delito que se investiga es, en mi opinión, inconstitucional. httpss://t.co/pV75edPBzg pic.twitter.com/7ImdCX1Y2y
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) 13 de marzo de 2018